Human Rights Watch: Alberto Fujimori no debería recibir trato especial
HRW dice que Alberto Fujimori no debe recibir ningún trato especial y que se le deben aplicar los mismos estándares que a otros "criminales condenados en el Perú"
Washington, jun. 16 (ANDINA). El director para las Américas de Human Rights Watch (HRW), José Miguel Vivanco, consideró que no debería concederse al ex presidente Alberto Fujimori un trato especial que no se brinde a otros presos condenados y añadió que concederle un indulto sería un grave retroceso al estado de derecho
“No debería concederse al ex presidente un trato especial que no se brinde a otros presos condenados, ni tampoco debería entenderse que su liberación anticipada implica absolverlo de su responsabilidad penal por las violaciones de derechos humanos que cometió”, dijo en un pronunciamiento.
"Cualquier intento por conceder a (Alberto) Fujimori un trato especial y desestimar la gravedad de los delitos aberrantes por los cuales fue condenado por la justicia peruana, constituiría un grave retroceso para el estado de derecho", añadió.
Refirió que liberar de manera arbitraria al ex Presidente, condenado por corrupción y violaciones a los derechos humanos, y eximirlo de cumplir la pena de prisión que le fue impuesta por violaciones de derechos humanos, sería incompatible con las obligaciones jurídicas internacionales de Perú.
Sin embargo, indicó que la liberación anticipada sólo debería ser considerada, si se otorga sobre la base de una evaluación médica exhaustiva, creíble y concluyente.
“Siempre que sea acorde con los estándares y procedimientos aplicables a los demás criminales condenados en Perú", subrayó.
Human Rights Watch recordó que Perú es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Además señaló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas resoluciones son vinculantes, determinó que, “son inadmisibles” las disposiciones de amnistía, y exclusión de responsabilidad a quienes hayan cometido violaciones graves de derechos humanos como tortura, ejecuciones sumarias, ilegales y desapariciones forzadas.
“Todas ellas prohibidas por contravenir derechos inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos".
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