
Lima, dic. 22 (ANDINA).- Este lunes 24 y el 31 de diciembre será feriado no laborable para los trabajadores del sector público, por lo que tendrán la oportunidad de disfrutar de un fin de semana largo por Navidad y Año Nuevo, respectivamente.
Dichos feriados fueron establecidos por el Poder Ejecutivo a través del decreto supremo 055-2006-PCM, con el fin de estimular el desarrollo de la actividad turística.
De esta forma, al fin de semana (sábado 22 y domingo 23) se sumará el feriado no laborado del lunes 24, seguido del martes 25. Igualmente, al sábado 29 y el domingo 30 se sumará el feriado del lunes 31, seguido del martes 01 de enero.
Las horas dejadas de trabajar por este feriado largo serán compensadas en la semana posterior o de acuerdo a lo que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
El sector privado también podrá acogerse a este beneficio previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo recuperarán las horas dejadas de laborar, precisa la norma.
En dicho decreto -publicado el 22 de agosto del año pasado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano- el Gobierno oficializó como feriados no laborables nueve días de este año en el sector estatal, con el objetivo de la actividad turística en el país.

Precisa que no ha denegado las razones que sustentan demanda de fonavistas
Lima, dic. 21 (ANDINA).- El pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió que no procede convocar al referéndum promovido por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú, para la devolución de aportes realizados al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).
La decisión se tomó debido a que el artículo 32 de la Constitución no permite convocar a un referéndum en materia presupuestal o tributario.
No obstante, el JNE dejó a salvo el derecho del gremio de fonavistas de presentar su demanda en otra vía distinta al referéndum, o a través de una solución conjunta con el Ejecutivo o el Legislativo.
En ese sentido, en la resolución 260-2007-JNE, el máximo organismo electoral dejó expresa constancia que no ha denegado las razones que sustentan la pretensión de los fonavistas, sino que se ha limitado a señalar que la vía del referéndum no es la legalmente idónea para dilucidar o discutir dicho tema.
Asimismo, sugiere a los poderes Ejecutivo y Legislativo dar atención a esta problemática con la finalidad de alcanzar una solución que restablezca de forma plena la paz social en justicia, pero a través de mecanismos que no colisiones con las normas constitucionales ni legales.
También señala que ha examinado los precedentes del propio Tribunal Constitucional cuyas sentencias sobre este tema, indica, se contradicen con los conceptos vertidos en los expedientes que, según los fonavistas, respaldan su demanda.
“El JNE, en relación a las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional, señala que dicho organismo no puede, en vía de interpretación de la Constitución, modificar la misma, pues ello es función del Congreso de la República, conforme el artículo 206 de la Ley Fundamental”, señala en una nota de prensa.
“Para convocar a referéndum, el JNE tendría que verse obligado a violentar la Constitución Política y diversas leyes, provocando la alteración del orden público y la seguridad jurídica, situación que por mandato constitucional y por deber moral no puede permitirse realizar”, añadió.
Ante esta situación, el organismo electoral exhortó a los poderes públicos y a la asociación de fonavistas a arribar a una solución consensuada, respetando el ordenamiento jurídico.
“Para todos es evidente que más allá de la justicia en la petición de los fonavistas, devolver los aportes tenía un contenido presupuestal que iba a afectar el presupuesto y es un tema tributario lo que está prohibido por la Constitución”, señaló el secretario general del JNE, Juan Falcón, en declaraciones a la prensa.