Conceden beneficio de semilibertad a Lori Berenson
La sentenciada por terrorismo Lori Berenson recibió beneficio de semilibertad por la jueza del Primer Juzgado Penal Supraprovincial de Lima.
Estado apeló la sentencia
Lima, nov. 05 (ANDINA). La sentenciada por terrorismo Lori Berenson dejará el penal mañana sábado, luego de que la jueza del Primer Juzgado Penal Supraprovincial de Lima, Jéssica León Yarango, admitiera el pedido de semilibertad bajo el argumento de que ya cumplió las tres cuartas partes de su condena.
Se informó que Berenson dejará el penal para vivir en Miraflores y ocupará el departamento de la calle Grau, trabajará como traductora y posteriormente abrirá un negocio de pastelería.
También deberá acudir a firmar mensualmente el libro de control de un juzgado en Surquillo. Se le ha prohibido consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes.
La Procuraduría contra el Terrorismo señalaba que Berenson debía cumplir la totalidad de su condena de 20 años y que, en ese sentido, la jueza incurrió en un error al tomar en cuenta la redención de la pena por trabajo y estudios, para otorgarle la libertad condicional.
En su resolución, la jueza León afirma que, de acuerdo con la ley, la redención de la pena sí puede contabilizarse para estos casos.
Estado apeló contra sentencia que beneficia con semilibertad a Lori Berenson
Lima, nov. 05 (ANDINA). La ministra de Justicia, Rosario Fernández, informó hoy que el Estado apeló ante el Poder Judicial, para dejar sin efecto la sentencia que otorga el beneficio de la semilibertad a la condenada por terrorismo Lori Berenson.
“La apelación ya la pusimos hoy día, el día lunes presentaremos la sustentación, y haremos todos los trámites para que se eleve a la (Corte) Superior, yo estimo que en unas dos o tres semanas debería estar resuelto”, indicó
Señaló que el Estado cuenta con una “buena batería legal” y confía que un colegiado superior revierta la controvertida sentencia.
La jueza del Primer Juzgado Penal Supraprovincial de Lima, Jéssica León Yarango, admitió hoy el pedido de semilibertad de Lori Berenson bajo el argumento que ya cumplió las tres cuartas partes de su condena.
La titular del despacho de Justicia, señaló que ante el fallo la primera reacción fue de “absoluta consternación”, porque esperaban que la jueza León Yarango, ante la contundencia de los argumentos jurídicos que presentó el Estado, entendiera que no es posible, en el caso de una solicitud de liberación condicional añadir a la pena efectiva, el plazo o la purga de redención por trabajo o educación.
Refirió que el caso de Lori Berenson es muy concreto y preciso, porque ella solicitó la liberación condicional, que es uno de los dos tipos de beneficio que concede el Decreto Legislativo 297 aprobado durante el gobierno del ex presidente Alejandro Toledo, para los sentenciados por delitos de terrorismo.
“Es decir si estamos hablando de beneficios para terrorismo, esa es la única ley que se aplica, ninguna otra”, dijo.
Indicó que el “grave error jurídico” en el que incurre la jueza León Yarango, es que decide aplicar la norma general que se aplica a cualquier otro tipo de delito y delincuentes, en la que “a la pena efectiva, se le agrega la redención de la pena por trabajo o educación”.
Señaló que en el caso de Lori Berenson, condenada por terrorismo a 20 años de prisión, solo podrá acceder al beneficio penitenciario de liberación condicional, cuando haya cumplido efectivamente las tres cuartas partes de la pena, que son 15 años de carcelería efectiva.
En ese sentido, dijo que a los 13 años de pena efectiva que tiene Lori Berenson, no se le puede añadir dos más por redención de la pena por trabajo y educación, para alcanzar los 15 años de carcelería efectiva.
“Eso no se puede, porque la voluntad del legislador ha sido claramente diferenciar un caso del otro, es muy distinto que se pida beneficio de redención por educación y trabajo, y otro de liberación condicional” dijo en RPP.
En ese sentido, reiteró que la magistrada León Yarango, ha vuelto a incurrir en un error jurídico, a pesar de la “abundante argumentación jurídica” presentada por el Estado, porque anteriormente le anularon un fallo que le otorgaba la libertad condicional a Lori Berenson.
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